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jueves, 13 de octubre de 2011

DESTACADOS DE LAS NORMAS

Hola compañeros ya saben que entran 4 normas de las cuales el profe destaco algunos puntos de ella, aquí las voy a dejar, primero el de la norma 409 y asi seguiré a medida que voy escribiendo. Al parecer la 1105 no la utilizaremos por que aun no pasa es materia. Si tienen algo que acotar avisen! saludos


NORMA NCh409/1.of84

AGUA POTABLE – PARTE 1 REQUISITOS

3 TERMINOLOGIA

3.1 AGUA POTABLE: Agua que cumple con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos prescritos en esta norma, que aseguran su inocuidad y aptitud para el consumo humano.

3.2 COLIFORMES FECALES: comprende todos los bacilos Gram negativos, aerobios o anaerobios facultativos, no esporulados, que:
a)    En la técnica de filtración por membrana, produzcan colonias con un brillo verde dorado metálico dentro de las 24 horas mas menos 2 horas de incubación, a 35ºC mas menos 0,5ºC, en medio m-Endo; y/o.
b)    En la técnica de tubos múltiples, fermenten la lactosa con producción de gas a 35ºC mas menos 0,5ºC dentro de 48 horas.

3.7 MUESTRA CONTAMINADA BACTERIOLOGICAMENTE: Se considera como contaminada una muestra que:
a)    En la técnica de tubos multiples, presente un tubo con formación de gas en cualquier dilución;
b)    En la técnica de filtración por membrana, presente el desarrollo de una colonia en filtración de 100ml de muestra.

3.10 RESIDUO SOLIDO FILTRABLE: material remanente, después de evaporar y secar a masa constante en cada estufa a una temperatura de 104ºC mas menos 1ºC, una muestra de agua, previamente filtrada a travez de un filtro de porosidad no mayor que 5 micrones.

8 DESINFECCION

8.1 El agua distribuida por redes debe ser sometida a un proceso de desinfección, debiendo existir una concentración residual de desinfectante activo en la red en forma permanente.

8.2 En caso de usar cloro o compuestos clorados como desinfectante, la concentración residual mínima de cloro libre debe ser de 0,20 mg/l en cualquier punto de la red, determinada en forma colorimétrica (N, N-dietil-p-fenilendiamina).
El uso de cualquier otro desinfectante debe ser autorizado por el ministerio e salud, el cual debe además establecer la concentración mínima de desinfectante activo residual en la red.

8.3 De todas las muestras que se analicen mensualmente en servicio de agua potable, un numero mayor o igual al 20% de ellas puede tener una concentración residual de desinfectante activo inferior al mínimo establecido. Pero solamente un 5% de ellas puede tener una concentración residual de 0,0 mg/L.

8.4 Cuando la concentración de desinfectante activo residual es inferior al mínimo establecido en 8.2, deben tomarse muestras diarias adicionales en el mismo punto de la red de distribución, hasta que por lo menos dos muestras consecutivas indiquen que el agua ha alcanzado este nivel. Estas muestras de repetición se hacen sin perjuicio del programa de muestreo rutinario establecido en norma NCh409/2 y se incluyen en la evaluación mensual que deben realizar los servicios de agua potable según 8.3.


NORMA NCh691-1998


TERMINOLOGIA

3.1 CAUDAL: volumen de  agua que pasa por una sección transversal en una unidad de tiempo.

3.2 CONDUCCION: transporte de agua por medio de tuberías o canalizaciones sin servicio domiciliario.

3.3 CONSUMO ANUAL: Volumen de agua que se consume durante un año, medido a la salida del estanque de regulación.

3.4 CONSUMO DIARIO: Volumen de agua que se consume durante 24 horas, medido a la salida del estanque de regulación.

3.5 CONSUMO MEDIO DIARIO: resultado de dividir el consumo anual por 365.

3.7 CONSUMO MAXIMO HORARIO: Volumen de agua que se consume en la hora de máximo consumo del día de máximo consumo, medido a la salida del estanque de regulación.

3.10 CONSUMO MAXIMO MENSUAL: Volumen de  agua que se consume en el mes de mayor consumo en un periodo de uno o mas años.

3.13 DISTRIBUCION: Transporte de agua potable por tuberías a las cuales pueden conectarse los servicios domiciliarios.


4 BASES DE CALCULO

4.3 COBERTURA: Corresponde al valor en porcentaje de la población que es abastecida con respecto a la población global.

4.6 DOTACIONES

a) De consumo (Dc): Cociente entre el volumen facturado anualmente y el promedio de la población abastecida en el año multiplicado por 365.




en que :         V.F.A = volumen facturado anualmente
                       Pob. A= promedio de la población abastecida anualmente.

b) De producción (Dp): cuociente entre el columen de agua producido anualmente medido a la salida del sistema de producción y el promedio de la población abastecida en el año multiplicado por 365.



en que:          V.P.A= volumen de agua producido anualmente
                       Pob.A= promedio de la población abastecida anualmente
                       A.N.C= aguas no contabilizadas en porcentaje.

5 CONDUCCION

5.1 la conducción, en general esta constituida por dos partes:

a)    Conducción primaria, entre fuentes de abastecimiento y elementos de regulación inclusive;
b)    Conducción secundaria, entre elementos de regulación y red de distribución.
5.1.1 La conducción primaria debe calcularse considerando el volumen diario de agua para el día de máximo consumo previsto.

5.1.2 La conducción secundaria debe calcularse para el consumo máximo horario previsto (hora de máximo consumo) y verificarse para el consumo del día de máximo consumo más el caudal de incendio.

7 DISTRIBUCION

7.2 PRESIONES DE SERVICIO

7.2.1  a nivel de terreno sobre la tubería, la presión mínima de servicio en las tuberías de distribución, excluyendo el arranque, debe ser 147 kPa (1,5kgfmm/cm2 = 15 mca), para el consumo máximo horario, con una perdida de carga máxima de 49 kPa (5 mca) en el arranque.

7.2.1.1 Para los servicios no afectos al régimen de concesiones la autoridad competente puede establecer una presión mínima superior.

7.2.2 A nivel del terreno sobre la tubería, la presión estática en tuberías de distribución no debe ser mayor que 686,47 kPa (7kgf/cm2 = 70 mca).

7.2.3 En el caso de usos de grifos, la presión mínima en la red a nivel de terreno, calculada con las condiciones indicadas en 7.1.1 de esta norma, debe ser igual o mayor que 49,03 kPa (0,5 kgf/cm2 = 5mca).

7.3 DISEÑO Y DIMENSIONAMIENTO

7.3.1 El área servida por una red debe estar dividid en cuarteles.

7.3.2 Los cuarteles se proyectaran en modo que la longitud total de las tuberías sea menor que 1000 m. Casos especiales quedaran a criterio de la autoridad competente.

7.3.3 Las distancias entre grifos y los puntos de incendio serán las siguientes:

a)    En conjunto con edificaciones aisladas o pareadas de a dos, la distancia a través de calles o pasajes entre el grifo y la edificación mas alejada será de 150 m máximo.
b)    En conjuntos con edificaciones continuas, constituidas por 3 a 5 unidades habitacionales, oficinas, locales comerciales u otras similares, al distancia a través de calles o pasajes entre el grifo y la unidad mas alejada horizontalmente, será de 100m máximo.
c)    En conjunto con edificaciones continuas, constituidas por mas de 50 unidades habitacionales, oficinas, locales comerciales u otras similares, la distancia a través de calles o pasajes entre el grifo y la unidad mas alejada horizontalmente, será de 50 m máximo.

7.3.4 El vaciamiento de la red puede efectuarse a través de grifos o desagües adecuados.

7.3.5 En el caso de ramales ciegos, el proyectista debe considerar un mecanismo que evite puntos de aguas quietas en la red.

7.4 DIAMETROS MINIMOS

7.4.1 El diámetro nominal mínimo de las tuberías debe ser de 100mm. No obstante, en pasajes puede aceptarse diámetros nominales de 75mm siempre que se disponga de conexiones a tuberías de mayor diámetro a menos de 50m de cualquier punto de la tubería.

7.4.1.1 Las tuberías de diámetro nominal de 75mm deben comprobarse para el gasto instalado de tres llaves como mínimo por unidad habitacional, oficina, local comercial u otra similar, según el gasto instalado correspondiente, indicado en el reglamento de instalaciones domiciliarias.

7.4.2 Las tuberías para conectar grifos desde el punto de alimentación deben tener un diámetro nominal mínimo de 100mm siempre que en ese punto se cumpla lo establecido en 6.2.2 y 7.2.3.

NORMA NCh2485-2000


3 TERMINOS Y DEFINICIONES

3.1 ACCESORIOS DE UNION PIEZAS ESPECIALES: piezas que se utilizan para unir los tubos y completar el sistema de tuberías, tales como: válvulas, llave, adaptadores, curvas, reducciones, uniones americanas, coplas u otras, en redes domiciliarias.

3.2 ARRANQUE DE AGUA POTABLE: el tramo de la red publica de distribución, comprendido desde su punto de conexión a la tubería de distribución hasta la llave de paso colocada después del medidor, inclusive.

3.3 AUTORIDAD COMPETENTE: prestador y/o autoridad estatal correspondiente que tiene competencia en el ámbito de regulación, fiscalización y diseño de las instalaciones domiciliarias de agua potable.

3.4 CAUDAL INSTALADO (QI): suma de los caudales asignados a los artefactos sanitarios que se incluyen en el proyecto de instalación de agua potable de un inmueble, que se señalan en anexo de esta norma o bien, los que en el futuro apruebe la autoridad competente.

3.5 CAUDAL MAXIMO PROBABLE (QMP): concepto probabilístico mediante el cual se cuantifica el máximo caudal con el que se deben diseñar las instalaciones de agua potable de inmuebles que tienen una determinada característica de consumo. Este se calcula en función de los caudales instalados en los artefactos sanitarios.

3.6 CERTIFICADO DE FACITBILIDAD DE DACION DE SERVICIOS: documento formal emitido por el prestador del servicio sanitario, mediante el cual asume la obligación de otorgar los servicios a un usuario, expresando los términos y condiciones para tal efecto.

3.7 CONEXIÓN: unión física del arranque de agua potable y la tubería de la red publica de distribución.

3.8 INSTALACION DOMICILIARIA DE AGUA POTABLE: obras necesarias para dotar de este servicio a un inmueble desde la salida de la llave de paso colocada a continuación del medidor o de los sistemas propios de abastecimiento de agua potable, hasta los artefactos.

3.9 INSTALACION INTERIOR DE AGUA POTABLE: obras necesarias para dotar de agua potable al interior de un conjunto de inmuebles, viviendas o departamentos, perteneciente a cualquier tipo de conjunto, ubicadas a continuación del sistema propio de elevación o del elemento de medición individual. En caso de tratarse de una propiedad que no forma parte de un conjunto, corresponde a la instalación domiciliaria de agua potable.

3.10 LONGITUD TOTAL EQUIVALENTE: longitud real de una tubería mas una longitud equivalente por las perdidas de carga singulares, es decir, aquellas ocasionadas por las llaves, válvulas, accesorios de unión y piezas especiales, reemplazadas estas por perdidas equivalentes en tubos rectos, presentes, presentes en el tramo que se esta analizando.

3.11 PETICIONARIO: persona natural o jurídica que solicita el servicio, sea el propietario o una persona autorizada por el.
3.12 PRESTADOR: persona natural o jurídica, habilitada para el otorgamiento de los servicios públicos de distribución de agua potable o de recolección de aguas servidas, que se obliga a entregarlos a quien lo solicite dentro de su área o zona de concesión, en las condiciones establecidas en la ley, su reglamento y su respectivo decreto de concesión.

3.13 PROYECTISTA: persona autorizada por las disposiciones legales vigentes para proyectar instalaciones domiciliarias de agua potable y alcantarillado, que asume la responsabilidad del diseño por el desarrollado.

3.14 REDES PRIVADAS DE DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE: Parte de la instalación domiciliaria de agua potable, ubicada aguas abajo del arranque domiciliario y que sirve a mas de un inmueble, vivienda o departamento, hasta los sistemas propios de elevación o hasta la llave de paso ubicada inmediatamente después del elemento de medición individual. Según corresponda, esta debe ser proyectada y construida en las vías de circulación o espacios de usos comunes al exterior de las edificaciones.

3.15 REDES PUBLICAS DE DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE: instalaciones exigidas por la urbanización conforme a la ley, inclusive los arranques de agua potable, operadas y administradas por el prestador del servicio publico de distribución, a las que se conectan las instalaciones domiciliarias de agua potable.


4 REQUISITOS GENERALES PARA EL DISEÑO

En cada recinto donde se instalen artefactos sanitarios, se deben incluir como mínimo un llave de paso en la tubería para agua fría  y otra llave de paso en la tubería para agua caliente, además de la llave de paso para el inodoro. El artefacto calentador debe contar con llaves de paso para el agua fría y para el agua caliente.

5 DIMENSIONAMIENTO DE LAS TUBERIAS

5.1 CAUDALES

Los diámetros de las tuberías deben determinar en las instalaciones de agua fría y agua caliente, considerando los caudales asignados a los artefactos en anexo A de esta norma y otros caudales aceptados por la autoridad competente. En el calculo de caudales totales no se exigirá adicionar los caudales de agua caliente de los artefactos calentadores (calefones, calderas u otros), con los caudales de agua fría.

5.2 CALCULO DE CAUDAL MAXIMO PROBABLE

5.2.1 El caudal máximo probable en viviendas se debe calcular a partir de la formula siguiente u otro procedimiento que el proyectista justifique técnicamente y que sea aceptado por la autoridad competente.



en que:
QMP   =         caudal máximo probable (L/min)
QI       =         Caudal instalado (L/min)
Para el ultimo artefacto, el caudal máximo probable se debe considerar igual al caudal instalado.

Para los dos últimos artefactos de un tramo de ramal, el caudal máximo probable debe ser la suma de los caudales instalados de ambos.

El caudal máximo probable de un tramo de ramal en que existen tres o mas artefactos debe ser, como mínimo la suma de los dos de mayor consumo.

5.2.2 El caudal máximo probable en instalaciones tales como industriales, deportivas, comerciales, regimientos, establecimientos educacionales, servicios públicos y otros, queda al criterio del proyectista y debe ser fundamental para dimensionar la instalación. La formula anterior, es una referencia mínima de diseño y el caudal máximo probable puede llegar a ser igual al caudal instalado.

5.6 PRESIONES

5.6.1 Para el caso de alimentación desde la red publica, la presión de salida en el artefacto mas desfavorable debe ser al menos de 4 m.c.a. (0,392 bar).

5.6.2 Para el caso de alimentación mediante elevación mecánica, el artefacto mas desfavorable debe tener en el diseño una presión mínima de 7 m.c.a. (0,686 bar). En este caso no debe superar la máxima presión aceptada por cualquier artefacto, ni exceder 50 m.c.a. 

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